Los contratos de arras. ¿Qué tipos existen?
Hacía algunas semanas que no nos planteábamos alguna pregunta interesante sobre el mundo de la inmobiliaria. Esta semana queríamos darle unas claves para entender los diferentes tipos de contratos de arras que hay y qué características tienen.
Me gusta un piso, y he preguntado a la agencia inmobiliaria que le vende cuál es el tipo de contrato que debo firmar. Me han hablado de un contrato de arras y me han explicado que existen varios tipos de arras, y al final tengo un poco de lío. ¿Me pueden explicar cuáles son los distintos contratos de arras existentes?
La doctrina nos dice hoy en día que existen tres tipos de contrato de arras:
A) Confirmatorias: Pensadas para reforzar la existencia del contrato y normalmente representan el principio de su ejecución.
B) Penales: Tienen por finalidad garantizar la ejecución del contrato, mediante la pérdida en caso de incumplimiento
C) Penitenciales: Son el medio lícito de desistir las partes del contrato, perdiéndolas el comprador o devolviéndolas dobladas el vendedor.
Hoy es absolutamente habitual que las ventas, sobre todo en el mercado de la segunda mano, se hagan mediante el otorgamiento de un documento de arras penitenciales amparado en el artículo 1424 del Código Civil. Entendemos que este tipo de contrato es bueno para las dos partes que intervienen en la compraventa, ya que para el vendedor significa que si existe incumplimiento puede, con un simple requerimiento notarial, anular la operación realizada y quedarse la cifra percibida como indemnización de daños y perjuicios y por el comprador es garantía de que el vendedor no se desdirá de la operación, porque en todo caso deberá devolverle el doble de lo que él ha pagado.