¿El propietario de un local debe avisar a la comunidad por un letrero?
El propietario de un local comercial quiere poner un letrero en la fachada. ¿Puede hacerlo sin autorización de la Comunidad?
La colocación de un letrero supone la alteración de un elemento común: la fachada. Debería de tener, por lo tanto, la autorización de la Comunidad. Sin embargo, las escrituras de división horizontal actuales suelen prever esta posibilidad (sometida a medidas de orden estético) de instalar letreros sin autorización, en este caso prevalecen las estipulaciones de la escritura. Dos precisiones al respecto, la decisión de la Junta se deberá tomar por mayoría, y puede que resulte de su interés saber que el dintel de su puerta no se entiende que forme parte de la fachada y no le afecta, por este motivo, la regla de la unanimidad. Le aconsejamos, no obstante, solicitar permiso de la comunidad, aunque sólo sea por cortesía.
Por último, y desde el punto de vista más práctico, debemos tener en cuenta que la mayoría de los municipios (por no decir todos), para instalar un letrero se debe solicitar el correspondiente permiso y para obtenerlo se habrá de adjuntar el permiso de la comunidad o bien la escritura que autoriza la colocación.