Un alquiler de 6 años en lugar de 3 a largo plazo, ¿es positivo?
Un alquiler de 6 años en lugar de 3 a largo plazo, ¿es positivo?
Me han ofrecido un piso de alquiler que me ha parecido muy interesante porque en lugar de tres años me lo alquilarán por seis años. Mi duda es que a cambio nos piden un incremento por encima del IPC. ¿Es legal esta propuesta? ¿Me puede perjudicar?
La propuesta es perfectamente legal, pues hay total libertad de pactos desde la Ley 4/2013 de medidas de flexibilización y fomento del mercado de viviendas en alquiler del pasado 6 de Junio en relación a este tema.
La ley dice que se puede pactar cualquier tipo de incremento de la manera que sea y si no se pactó nada de nada, entonces sería el IPC el sistema de incremento que se aplicaría.
En el caso que usted nos cuenta es habitual prever dada la situación actual del mercado que si alargamos la duración el incremento esté un poco por encima del IPC.
De hecho, si no se produjera esta previsión, es de suponer que su propietario actuaría como todos los buenos propietarios que saben perfectamente que lo más importante es no perder un buen inquilino.
Lo que sí tiene que entender y valorar, sea cuál cual sea su prioridad, si el tiempo o el precio, el esfuerzo que hace el propietario al doblar el tiempo que la propia ley prevé, le significa precisamente que renuncia a la posibilidad dentro de tres años de poner el precio que en ese momento el mercado permita y que no sabemos si podría ser más alto que los incrementos que ahora le propone. Por tanto, como forma de regular un poco esta situación, hace una previsión de incrementos que le permita nivelar una posible subida del mercado del alquiler.
Todo ello, la propiedad lo tiene que aplicar con la prudencia necesaria y, si se pasa y pide unos incrementos fuera de medida, sencillamente ni usted ni nadie le alquilará la vivienda.